AÚN VIGENTE EL PROGRAMA DEL PRIMER EMPLEO

Desde 2007, el Gobierno Federal junto con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puso en marcha el Programa de Primer Empleo (PPE), con la finalidad de otorgar un subsidio de hasta el 100% de las cuotas obrero-patronales, a quienes contraten personal adicional que labore por primera vez.

El PPE fue creado con el objetivo de generar nuevos empleos de carácter permanente y así fomentar entre los empresarios la creación de empleos primordialmente a jóvenes sin experiencia, el Gobierno Federal al otorgar el subsidio contribuye a mejorar la calidad del empleo, el patrón se ve beneficiado al reducir sus costos laborales, y al trabajador le permite adquirir experiencia y crecimiento profesional.

El primer antecedente del programa fue el 23 de enero de 2007, al publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto que establece las directrices generales para dar cumplimiento al Programa Primer Empleo, en el que se establecen las características generales y el funcionamiento del programa.

Sin embargo, debido al poco éxito del PPE por los múltiples requisitos y trámites que impusieron las autoridades a los patrones para acceder al programa, además de sumarse las quejas por la larga espera para el acceso al subsidio, el programa tuvo que modificarse y se publicó el 17 de diciembre de 2007, el Decreto por el que se modifica el diverso que establece las directrices generales para dar cumplimiento al Programa Primer Empleo, a fin de lograr que un mayor número de patrones y trabajadores se vieran beneficiados.

POBLACIÓN OBJETIVO

Los patrones que contraten a cualquier trabajador adicional de nuevo ingreso, para ello se debe considerar que:

Ø      La nueva contratación debe superar el número máximo de trabajadores registrados por el patrón, así se evita la sustitución de personal ya existente por los trabajadores elegibles del subsidio.

Ø      El trabajador no debe tener registro previo ante el IMSS como trabajador permanente por un periodo superior a nueve meses consecutivos con un mismo patrón.

MONTO DEL SUBSIDIO

El monto del subsidio se otorgará durante un período máximo de 12 meses y se determinará en función del Salario Base de Cotización (SBC) con el que el patrón haya cubierto las cuotas obrero-patronales de cada trabajador registrado en el Programa, aplicando el porcentaje que corresponda conforme a la siguiente tabla:

SALARIO BASE DE COTIZACIÓN

PORCENTAJE A SUBSIDIAR

Menor a 10 Salarios Mínimos

100%

De 10 a 14 Salarios Mínimos

60%

De 15 a 19 Salarios Mínimos

20%

Mayor a 20 Salarios Mínimos

10%

Anteriormente, a partir del décimo mes del registro en el Programa, el patrón podía solicitar mensualmente que se hiciera efectivo el pago del subsidio. Con las modificaciones, los patrones pueden solicitarlo a partir del cuarto mes.

REQUISITOS

El patrón para poder acceder al PPE, deberá presentar su solicitud de inscripción a través del portal DE Internet del IMSS; una vez inscrito en el programa, el patrón podrá solicitar el registro de los trabajadores que considere sujetos a la aplicación del referido programa

Para tener derecho al pago mensual del subsidio, el patrón inscrito como beneficiario, al momento de su solicitud deberá cumplir con lo siguiente:

Ø      Haber inscrito, determinado y enterado ante el IMSS, el importe de las cuotas obrero-patronales causadas tanto por los trabajadores registrados en el PPE, como por el resto de sus trabajadores que no son sujetos al programa.

Ø      Mantener asegurados a los trabajadores sujetos al programa por lo menos durante un periodo de tres meses continuos posteriores a la fecha de registro al PPE, anteriormente era de nueve meses.

Ø      No tener a su cargo créditos fiscales firmes con el Instituto Mexicano del Seguro Social, y

Ø      En lo que se refiere a otros créditos fiscales de carácter federal, se deberá presentar manifestación bajo protesta de decir verdad, de que se ajusta a lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

VIGENCIA

La inscripción de los patrones y el registro de trabajadores al programa será hasta el 31 de agosto de 2011.

Mientras que el pago de subsidios no podrá exceder del 30 de noviembre de 2012.

NOTA: Los Lineamientos operativos para dar cumplimiento al Programa Primer Empleo, fueron publicados en el DOF el 15 de enero de 2008.

Si deseas saber más acerca de este tema, no olvides consultar el video del Programa de Primer Empleo, en el Club Virtual en la sección de los Expertos hablan de Seguridad Social: http://clubvirtual.gvaweb.com/expertos.php?id=143

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