DEVOLUCIÓN DEL 100% DEL IMPUESTO SOBRE NÓMINA

 

El día 7 de mayo del presente año, se publicó el en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el “Acuerdo Modificatorio del Programa de Apoyo Económico a las Microempresas  Constituidas en el D.F.”, en donde se establece un estímulo económico equivalente al 100% del monto total que por concepto del Impuesto Sobre Nóminas hayan pagado durante el ejercicio fiscal 2008; siempre y cuando tengan al mes de diciembre del año pasado,  una planta laboral entre uno y treinta trabajadores.

 

Anteriormente se contaba con el “Acuerdo por el que se establece el programa de apoyo económico a las microempresas legalmente constituidas que tengan su domicilio en el D.F.”,  publicado el 2 de febrero del presente año; para apoyar el desarrollo y permanencia de las microempresas, a efecto de conservar los empleos y/o generar nuevos; debido a que ocupan un lugar estratégico en la actividad económica del país.

 

Las modificaciones que surgieron respecto a estos Acuerdos son:

 

MODIFICACIONES:

ACUERDO MODIFICATORIO (ACTUAL)

ACUERDO ANTERIOR

Beneficiados del Programa:

Microempresa

Micro y pequeñas empresas

Tener una planta laboral al mes de diciembre de 2008:

 

Entre 1 y 30 trabajadores.

 

 

Entre 1 y 10 trabajadores.

El estímulo económico será:

Equivalente al 100% del monto total que por concepto de Impuesto Sobre Nóminas hayan pagado al Gobierno del Distrito Federal durante el ejercicio fiscal 2008.

Equivalente al 50% del monto total que por concepto de Impuesto Sobre Nóminas hayan pagado al Gobierno del Distrito Federal durante el ejercicio fiscal 2008.

 

Las microempresas, de conformidad con el artículo 4° del presente Decreto, podrán solicitar  el estímulo ingresando a la página de Internet de la Secretaría de Finanzas (www.finanzas.df.gob.mx), a partir del día 3 de febrero y hasta el 31 de julio del 2009, además de cumplir con los requisitos siguientes:

 

a)      Que a la entrega del estímulo no haya disminuido su plantilla laboral, en comparación al cuarto trimestre de 2008.

 

b)      Que durante el ejercicio fiscal 2008, haya pagado dentro del plazo establecido en el artículo 181 del Código Financiero del Distrito Federal el Impuesto Sobre Nóminas.

 

a)      Que se encuentre al corriente en el pago del Impuesto Predial y de los Derechos por el Suministro de Agua a su cargo.

 

Una vez que se cubran todos los requisitos mencionados, la Dirección de Registro adscrita a la Subtesorería de Administración Tributaria de la Secretaría de Finanzas del D.F., emitirá una Constancia de  Acreditación al Programa, misma que enviará a la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno capitalino para la recepción del estímulo correspondiente por parte de las microempresas, en el transcurso de los siguientes 30 días posteriores a la solicitud.

 

Durante dicho plazo la Tesorería notificará vía electrónica a la micro y pequeña empresa la acreditación al Programa, para que acuda a la Dirección de Instrumentos Económicos adscrita a la Dirección General de Regulación y  Fomento Económico de la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal, ubicada en Avenida Cuauhtémoc, Número 898, 2° piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03020, Distrito Federal, para la recepción del estímulo económico.

 

Finalmente, las microempresas que presentaron su solicitud con anterioridad al presente Acuerdo Modificatorio y hayan calificado, tendrán derecho al estímulo económico equivalente al 100% del monto total por concepto del Impuesto Sobre Nóminas.

 

Staff fiscal de GVA Consultoría y Capacitación, S. C.

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