JUICIO DE NULIDAD EN LÍNEA

 

Debido al incremento exponencial de las demandas interpuestas por particulares ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA), el Ejecutivo ha planteado un decreto para que el juicio de nulidad que interponga el particular, no solo pueda efectuarse de manera escrita, ahora cuente con la opción de tramitar su demanda a través de Internet, con esto se pretende que la sociedad pueda acceder de forma fácil y rápida a la impartición de justicia mediante el uso de sistemas modernos y confiables.

 

Tan solo, en 2008 se registraron 136,328 demandas, mientras que en el año 2000 solo se contaba con un registro de 40,00, así que en los últimos años se han incrementado en un 240% los juicios interpuestos ante el TFJFA, provocando un importante rezago en los trámites. Ante esta circunstancia, el Ejecutivo presentó el pasado 26 de febrero de 2009, ante el Congreso de la Unión el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa”, con el fin de que los juicios sean resueltos de manera pronta, garantizando seguridad durante el trámite, así como autenticidad e inalterabilidad de los documentos y actuaciones de las partes.

 

El decreto ya ha sido aprobado por el Congreso de la Unión, (Cámara de Diputados el pasado 15 de abril y por la Cámara de Senadores el 28 de abril) y fue turnado al Ejecutivo para su aprobación y publicación.

 

No olvidemos que el juicio de nulidad, también llamado juicio contencioso administrativo, es un recurso  por el que los particulares pueden impugnar actos o resoluciones administrativas, con el fin de invalidarlos.

 

El proyecto de decreto, tiene como objetivo adicionar  y modificar varios artículos relacionados con el juicio de nulidad en línea de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, una de las principales reformas es la adición del capítulo X “Del Juicio en Línea” al Título II, teniendo como objetivo regular la tramitación y resolución del juicio contencioso administrativo federal a través de medios electrónicos.

 

Por ello, el Tribunal deberá determinar mediante acuerdos y/o reglamentos, los lineamientos técnicos y formales a fin de uniformar los programas y sistemas adecuados que deban cumplir las porciones y los documentos que se presenten.

 

Entre los principales puntos que contempla el Capítulo X del decreto son:

 

a) La alternativa de los particulares para interponer el juicio de nulidad en forma escrita o a través de medios electrónicos.

 

En el caso de que el particular opte por realizar el juicio por Internet:

b) Las autoridades demandadas deberán comparecer y tramitar el juicio en la misma vía, el demandante estará condicionado a señalar su correo electrónico, y de no hacerlo se le notificará en lista o por medio de Boletín que juicio se realizará en forma tradicional (escrita).

 

c) En el caso, de que un tercero interesado se oponga a que el trámite se realice en línea, el juicio se tramitará en forma tradicional respecto al tercero y en línea respecto a las demás partes.

 

d) El juicio contencioso administrativo federal se promoverá y resolverá en línea, a través del “Sistema de Justicia en Línea” que desarrolle el TFJFA, este sistema se integrará el Expediente Electrónico que incluirá todas las promociones, pruebas y anexos que presenten las partes.

 

e) El demandante deberá registrarse en el Sistema de Justicia en Línea, para obtener la Firma Electrónica Avanzada, Clave de Acceso y Contraseña, a partir de eso momento comienza a integrarse el Expediente Electrónico, una vez que se solicitó la FEA por medio de los formatos que establezca la autoridad a través de Internet, se tendrá un plazo de tres días para accesar  al sistema, en caso de incumplir con esta obligación, la autoridad notificará al particular de está situación, se tendrá por notificado cuando el sistema genere el Acuse de Recibido.

 

f) Los documentos que se presenten en el juicio en línea, tendrán el mismo valor probatorio que sus constancias físicas, siempre que se hubieren respetado los lineamientos técnicos, además de manifestar la naturaleza de los mismos.

 

Las modificaciones propuestas a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa van encaminadas a que establezcan un marco normativo en la operación y uso del “Sistema de Justicia en Línea”, al igual, contempla reformas a las atribuciones y límites en las responsabilidades y atribuciones de los funcionarios públicos del Tribunal.

 

 

Staff fiscal de GVA Consultoría y Capacitación, S. C.

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