NUEVO REGLAMENTO
DE
Hoy entró en vigor el Reglamento
de la Ley de Seguridad Privada para el D.F., que fue dado ha conocer el
pasado 24 de agosto del 2009 a través de
En este Reglamento, se
establece que los prestadores de servicios de seguridad privada requieren del
permiso, autorización, licencia, y revalidaciones, conforme a lo dispuesto en
Se señala que, las
solicitudes de expedición de constancias, y certificaciones, podrán solicitarse
en el formato que, en su caso, emita
Además, para acreditar el
desarrollo de actividades en el ámbito de la seguridad privada y el requisito de
tener su domicilio en el Distrito Federal, en términos de lo dispuesto en
Ø Tratándose
de personas físicas con actividad empresarial:
·
Constancia de alta ante el Registro Federal de
Contribuyentes.
·
Comprobante de domicilio.
Ø Tratándose
de personas morales:
·
Constancia de alta ante el Registro Federal de
Contribuyentes
·
Escritura pública que contenga el acta
constitutiva respectiva.
Ø Para
el caso de instituciones oficiales:
·
Escrito libre del apoderado o representante
legal que especifique el instrumento legal de creación ó constitución y fecha
de su publicación en
La revalidación de los permisos, autorizaciones
y licencias, se solicitará mediante escrito libre en el que se manifieste, bajo
protesta de decir verdad, que prevalecen las condiciones bajo las que se
otorgaron, debiendo actualizar los documentos que para su otorgamiento se
requieran.
Las personas físicas o
morales que a la fecha de hoy (entrada en vigor del Reglamento), presten
servicios o realicen actividades de seguridad privada en el Distrito Federal y
tengan vigentes sus respectivos permisos, autorizaciones, constancias del aviso
de registro o licencias, continuarán en ejercicio de los mismos hasta el
vencimiento del plazo respectivo, sin perjuicio de las obligaciones compatibles
que les impone este Reglamento. Al concluir la vigencia de su autorización,
permiso o revalidación sólo podrán prestar servicios o realizar actividades con
el permiso, autorización, constancia del aviso de registro y la licencia que se
otorgue de conformidad con
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