¿YA PRESENTASTE LA DECLARACIÓN DE PRIMA DE RIESGO DE TRABAJO?

 

Llega el mes de febrero y con ello la responsabilidad de presentar las declaraciones informativas y la declaración anual de riesgo de trabajo, la cual se presenta al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); sin embargo en este año el último día es domingo, por lo que se podrá presentar hasta el próximo 1° de marzo.

La presentación de ésta declaración deriva de la revisión anual de la siniestralidad de la empresa, con el objeto de determinar si se sigue cotizando con la misma prima, con una mayor o menor, de acuerdo al art.74 LSS y 32 RACERF.

De acuerdo a la Carta Magna en su aparatado A artículo 123 fracción XIV señala que:

XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos deberán pagar la indemnización correspondiente, según que haya traído como consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen. Esta responsabilidad subsistirá aún en el caso de que el patrono contrate el trabajo por un intermediario.

Asimismo, la Ley Federal del Trabajo contiene un apartado relativo a los riesgos de trabajo en su titulo noveno; para efectos de esta ley se considera riesgo de trabajo: los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o motivo del trabajo. Por lo que los asegurados que sufran un riesgo de trabajo tienen derecho a que el IMSS les otorgue tanto prestaciones en especie: asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica, servicio de hospitalización, aparatos de prótesis y ortopedia, y  rehabilitación; como prestaciones en dinero: subsidio, pensión provisional o definitiva, ayuda de gastos de funeral, pensión de viudez, pensión de orfandad y pensión de ascendientes.

Para ello se deberá determinar el monto del salario base de cotización y los riesgos inherentes a la actividad de la empresa.

Derivado de esto, a continuación le presentamos un cuadro de las generalidades relevantes de la prima de riesgo de trabajo:

 

Concepto

Descripción

Fundamento

Sujetos obligados

Todos los patrones registrados ante IMSS, excepto cuando:

·  Operaciones que no cubran el periodo anual del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009. En este caso, la empresa es colocada en la prima media de la clase de acuerdo a la actividad que se realice.

· Prima riesgo de trabajo sea igual al determinado en el ejercicio inmediato anterior

· No se hubiese tenido trabajadores por más de seis meses, ni presentado el aviso de baja patronal correspondiente.

· Se haya dado de baja o se hubiesen registrado después de seis meses ante el IMSS con la misma actividad.

Art. 32 fracciones I, IV, V, VII RACERF

Información a considerar para el cálculo

Casos de riesgo de trabajo entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2009, cuando se expida un:

·  ST-2 Dictamen de alta por riesgo de trabajo

·  ST-3 Dictamen de Incapacidad Permanente o Defunción por riesgo de trabajo.

Asimismo, se deberá especificar en caso de haber determinado otros riesgos iniciados en años anteriores, ya que estos también serán computados.

Recaídas, accidentes de trayecto, entre otros.

Art. 72, párrafo tercero,74 LSS; 32, fracción I; 36, segundo párrafo y 37, último párrafo RACERF

Presentación de la Declaración de la prima de RT

·  Formatos:

CLEM-22 Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad

CLEM-22A Relación de Casos de Riesgo de Trabajo terminados

Portal de Internet del IMSS

·  Lugar de presentación:

Presencial: cálculo manual y llenar los formatos señalados para entregar original y copia en el departamento de Afiliación-Vigencia de la Subdelegación.

Electrónica: IMSS desde su empresa (IDSE)

www.imss.gob.mx

 

Consecuencia del incumplimiento

Multa: $1,149.20 a $12,066.60

Art. 304-A, fracción XV; 304-B, fracción II LSS

Art. 33 RACERF

 

Como se fijan las primas de riesgo de trabajo

 

Se obtiene multiplicando el índice de Frecuencia (If) por el de Gravedad (Ig) del lapso que se analice, de acuerdo a la fórmula siguiente:

Siniestralidad = If * Ig

Art. 35 RACERF

 

 

Al inscribirse por primera vez en el Instituto o al cambiar de actividad, las empresas cubrirán la prima media de clase que conforme al Reglamento les corresponda, de acuerdo a la tabla siguiente:

 

Prima media

En por cientos

Clase I

0.54355

Clase II

1.13065

Clase III

2.59840

Clase IV

4.65325

Clase V

7.58875

 

 

Cálculo de prima de riesgo trabajo para el ejercicio

Para los efectos de la fijación de primas a cubrir por el seguro de riesgo de trabajo, las empresas deberán calcular sus primas, multiplicando la siniestralidad de la empresa          por factor de prima y al producto se le sumará el 0.005. El resultado será la prima a aplicar sobre los salarios de cotización, conforme a lo siguiente:

 

Prima = [(S/365)+V * (I + D)] * (F/N) + M

 

Donde:

 

V = 28 años, que es la duración promedio de vida activa de un individuo que no haya sido víctima de un accidente mortal o de incapacidad permanente total.

F = 2.3, que es el factor de prima.

N = Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo.

S = Total de los días subsidiados a causa de incapacidad temporal.

I = Suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100.

D = Número de defunciones.

M = 0.005, que es la prima mínima de riesgo.

 

Imposición de multas

Cuando los actos u omisiones  de los patrones impliquen el incumplimiento del pago de los conceptos fiscales que establece el artículo 287 de la Ley del IMSS, sancionándose con una multa del 40%  al 100%  del concepto emitido. Para la imposición de las multas se tomara en cuenta la:

Ø      La gravedad de la falta

Ø      Antecedentes del patrón

Ø      Número de trabajadores

Ø      Descuento por pago anticipado dentro de los 15 días hábiles a partir de la notificación

 

La importancia del cumplimiento de esta obligación se establece en la afectación económica de cada uno de los patrones en relación con las cuotas que se determinara para efectos de IMSS, es por ello que estas cuotas representan el financiamiento de las prestaciones en dinero y en especie en el Seguro Social.

Descarga la determinación de la PRT

 

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