¿YA PRESENTASTE LA DECLARACIÓN DE
PRIMA DE RIESGO DE TRABAJO?
Llega el
mes de febrero y con ello la responsabilidad de presentar las declaraciones
informativas y la declaración anual de riesgo de trabajo, la cual se presenta al
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); sin embargo en este año el último
día es domingo, por lo que se podrá presentar hasta el próximo 1° de marzo.
La
presentación de ésta declaración deriva de la revisión anual de la
siniestralidad de la empresa, con el objeto de determinar si se sigue cotizando
con la misma prima, con una mayor o menor, de acuerdo al art.74 LSS y 32
RACERF.
De acuerdo
a la Carta Magna en su aparatado A artículo 123 fracción XIV señala que:
XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo
y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o
en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos
deberán pagar la indemnización correspondiente, según que haya traído como
consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para
trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen. Esta responsabilidad
subsistirá aún en el caso de que el patrono contrate el trabajo por un
intermediario.
Asimismo,
la Ley Federal del Trabajo contiene un apartado relativo a los riesgos de
trabajo en su titulo noveno; para efectos de esta ley se considera riesgo
de trabajo: los accidentes y
enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o motivo del
trabajo. Por lo que los asegurados que sufran un riesgo de trabajo tienen
derecho a que el IMSS les otorgue tanto prestaciones en especie: asistencia
médica, quirúrgica y farmacéutica, servicio de hospitalización, aparatos de
prótesis y ortopedia, y rehabilitación;
como prestaciones en dinero: subsidio, pensión provisional o definitiva, ayuda
de gastos de funeral, pensión de viudez, pensión de orfandad y pensión de
ascendientes.
Para ello
se deberá determinar el monto del salario base de cotización y los riesgos
inherentes a la actividad de la empresa.
Derivado de
esto, a continuación le presentamos un cuadro de las generalidades relevantes
de la prima de riesgo de trabajo:
Concepto |
Descripción |
Fundamento |
Sujetos
obligados |
Todos los patrones
registrados ante IMSS, excepto cuando: · Operaciones
que no cubran el periodo anual del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009. En
este caso, la empresa es colocada en la prima media de la clase de acuerdo a
la actividad que se realice. · Prima riesgo de trabajo sea igual al
determinado en el ejercicio inmediato anterior · No se hubiese tenido trabajadores por
más de seis meses, ni presentado el aviso de baja patronal correspondiente. · Se haya dado de baja o se hubiesen
registrado después de seis meses ante el IMSS con la misma actividad. |
Art. 32 fracciones I, IV, V, VII RACERF |
Información a
considerar para el cálculo |
Casos de riesgo de trabajo
entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2009, cuando se expida un: · ST-2 Dictamen de alta por riesgo de
trabajo · ST-3 Dictamen de Incapacidad Permanente
o Defunción por riesgo de trabajo. Asimismo, se deberá
especificar en caso de haber determinado otros riesgos iniciados en años
anteriores, ya que estos también serán computados. Recaídas, accidentes de
trayecto, entre otros. |
Art. 72, párrafo tercero,74 LSS; 32,
fracción I; 36, segundo párrafo y 37, último párrafo RACERF |
Presentación de la Declaración de la
prima de RT |
· Formatos: CLEM-22 Determinación de
la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo derivada de la Revisión Anual de
la Siniestralidad CLEM-22A Relación de Casos
de Riesgo de Trabajo terminados Portal de Internet del
IMSS · Lugar de presentación: Presencial: cálculo manual
y llenar los formatos señalados para entregar original y copia en el
departamento de Afiliación-Vigencia de la Subdelegación. Electrónica: IMSS desde su
empresa (IDSE) |
www.imss.gob.mx |
Consecuencia del incumplimiento |
Multa: $1,149.20 a $12,066.60 |
Art. 304-A, fracción XV; 304-B, fracción
II LSS Art. 33 RACERF |
Como se fijan las primas de riesgo de
trabajo |
Se obtiene multiplicando
el índice de Frecuencia (If) por el de Gravedad (Ig) del lapso que se analice, de acuerdo a la fórmula
siguiente: Siniestralidad = If * Ig |
Art. 35 RACERF |
Al
inscribirse por primera vez en el Instituto o al cambiar de actividad, las
empresas cubrirán la prima media de clase que conforme al Reglamento les
corresponda, de acuerdo a la tabla siguiente:
Prima media |
En por cientos |
Clase I |
0.54355 |
Clase II |
1.13065 |
Clase III |
2.59840 |
Clase IV |
4.65325 |
Clase V |
7.58875 |
Cálculo de prima de riesgo trabajo para
el ejercicio
Para
los efectos de la fijación de primas a cubrir por el seguro de riesgo de
trabajo, las empresas deberán calcular sus primas, multiplicando la
siniestralidad de la empresa por
factor de prima y al producto se le sumará el 0.005. El resultado será la prima
a aplicar sobre los salarios de cotización, conforme a lo siguiente:
Prima = [(S/365)+V * (I + D)] * (F/N) + M
Donde:
V = 28 años, que es
la duración promedio de vida activa de un individuo que no haya sido víctima de
un accidente mortal o de incapacidad permanente total.
F = 2.3, que es el
factor de prima.
N = Número de
trabajadores promedio expuestos al riesgo.
S = Total de los
días subsidiados a causa de incapacidad temporal.
I = Suma de los
porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos
entre 100.
D = Número de
defunciones.
M = 0.005, que es
la prima mínima de riesgo.
Imposición de multas
Cuando los
actos u omisiones de los patrones
impliquen el incumplimiento del pago de los conceptos fiscales que establece el
artículo 287 de la Ley del IMSS, sancionándose con una multa del 40% al 100%
del concepto emitido. Para la imposición de las multas se tomara en
cuenta la:
Ø
La gravedad de la falta
Ø
Antecedentes del patrón
Ø
Número de trabajadores
Ø
Descuento por pago anticipado dentro de los 15 días
hábiles a partir de la notificación
La
importancia del cumplimiento de esta obligación se establece en la afectación
económica de cada uno de los patrones en relación con las cuotas que se
determinara para efectos de IMSS, es por ello que estas cuotas representan el
financiamiento de las prestaciones en dinero y en especie en el Seguro Social.
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la determinación de la PRT
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