LISTOS LOS
PROCEDIMIENTOS PARA LA VALIDACIÓN DE CONTRIBUYENTES EXENTOS DEL IDE E IVA
Con el fin de dar a
conocer a las Instituciones Financieras sobre los contribuyentes que no estarán
obligados al pago del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) y del Impuesto
al Valor Agregado (IVA), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a
conocer en su portal de Internet, con fecha del 15 de febrero de 2010, la
versión 2.0 de las Especificaciones
Técnicas para la validación: de contribuyentes personas morales y personas físicas
exentas del IDE e IVA, siendo ésta versión la cuarta actualización de dicho
documento.
En esta nueva versión
se contempla la incorporación de la consulta de personas físicas en posible
condición de ser exentos del IDE por créditos e IVA por la prestación de
servicios que deriven el pago de intereses.
En las especificaciones
técnicas se establece el procedimiento a que se
sujetarán las Instituciones Financieras, a efecto de verificar y validar:
ü
Sobre
las personas físicas que se encuentren exentas del:
· IDE por créditos.
· IVA por los servicios
que deriven intereses.
ü
Sobre
los cuentahabientes que manifiesten o se encuentren en posible condición de estar
exentos:
· Personas morales en
posible condición de exentos del IDE
· Personas físicas que
manifiesten estar exentas del IDE por créditos.
· Personas físicas que
manifiesten estar exentos del IVA por los servicios que deriven el pago de
intereses.
ü El informe sobre
cuentahabientes que dejaron de ser exentos.
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C.
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