LISTOS LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA VALIDACIÓN DE CONTRIBUYENTES EXENTOS DEL IDE E IVA

Con el fin de dar a conocer a las Instituciones Financieras sobre los contribuyentes que no estarán obligados al pago del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su portal de Internet, con fecha del 15 de febrero de 2010, la versión 2.0 de las Especificaciones Técnicas para la validación: de contribuyentes personas morales y personas físicas exentas del IDE e IVA, siendo ésta versión la cuarta actualización de dicho documento.

En esta nueva versión se contempla la incorporación de la consulta de personas físicas en posible condición de ser exentos del IDE por créditos e IVA por la prestación de servicios que deriven el pago de intereses.

En las especificaciones técnicas se establece el procedimiento a que se  sujetarán las Instituciones Financieras, a efecto de verificar  y validar:

ü  Sobre las personas físicas que se encuentren exentas del:

·      IDE por créditos.

·      IVA por los servicios que deriven intereses.

ü  Sobre los cuentahabientes que manifiesten o se encuentren en posible condición de estar exentos:

·      Personas morales en posible condición de exentos del IDE

·      Personas físicas que manifiesten estar exentas del IDE por créditos.

·      Personas físicas que manifiesten estar exentos del IVA por los servicios que deriven el pago de intereses.

ü  El informe sobre cuentahabientes que dejaron de ser exentos.

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Staff fiscal de GVA Consultoría y Capacitación, S. C.                                                 

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